Alumbrado de emergencia
Cuando se va la luz en una emergencia, el alumbrado de emergencia es lo que permite ver la salida y encontrar el extintor. Este capítulo explica qué tipos hay, cuánta luz deben dar, dónde son obligatorios y quién los instala y revisa.
Al terminar este capítulo sabrás:
- ■ Qué diferencia el alumbrado de evacuación, el antipánico y el de zonas de alto riesgo.
- ■ Cuánta luz y durante cuánto tiempo debe dar cada uno.
- ■ Qué locales están obligados y en qué puntos concretos.
- ■ Qué norma lo regula y quién puede instalarlo, mantenerlo e inspeccionarlo.
Para qué sirve
Si falla el alumbrado normal, el alumbrado de emergencia ilumina los locales y sus accesos hasta las salidas, para que las personas puedan evacuar con seguridad, y permite identificar los equipos de protección contra incendios.
Dos normas se reparten el sistema. El reglamento de protección contra incendios lo incluye entre los sistemas de protección activa, pero remite todas sus exigencias técnicas al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT). Por eso las cifras de este capítulo vienen del REBT.
Tipos de alumbrado de emergencia
El alumbrado de emergencia se divide en alumbrado de seguridad, para evacuar o terminar un trabajo peligroso, y alumbrado de reemplazamiento, para seguir con la actividad normal.
| Tipo | Para qué sirve | Iluminancia mínima | Duración mínima |
|---|---|---|---|
| Evacuación | Reconocer y usar las rutas de evacuación | 1 lux en el suelo, en el eje de los pasos principales. 5 lux en los equipos manuales de protección contra incendios y en los cuadros de alumbrado. Relación máxima/mínima en el eje, menor de 40 | 1 hora |
| Ambiente o antipánico | Evitar el pánico y permitir ver las rutas y los obstáculos | 0,5 lux en todo el espacio, desde el suelo hasta 1 m de altura. Relación máxima/mínima menor de 40 | 1 hora |
| Zonas de alto riesgo | Interrumpir con seguridad un trabajo peligroso | 15 lux o el 10 % de la iluminancia normal, el mayor de los dos. Relación máxima/mínima menor de 10 | El tiempo necesario para abandonar la actividad o la zona |
| Reemplazamiento | Continuar la actividad normal | Si da menos luz que el alumbrado normal, solo sirve para terminar el trabajo con seguridad | — |
En los centros sanitarios hay exigencias propias: en hospitalización, al menos 5 lux durante 2 horas. En quirófanos y salas de intervención, cuidados intensivos, curas, paritorios y urgencias, alumbrado de reemplazamiento con el mismo nivel que el normal durante al menos 2 horas.
Cómo funciona
- Entra solo: se enciende automáticamente cuando falla el alumbrado general o cuando su tensión baja a menos del 70 % de la nominal.
- Sin esperas: la alimentación es automática con corte breve, es decir, disponible en 0,5 segundos como máximo.
- Energía propia: la instalación es fija y tiene su propia fuente de energía. La red exterior solo puede usarse para cargar las baterías.
Aparato autónomo o fuente central
| Sistema | Cómo es |
|---|---|
| Aparato autónomo | Batería, lámpara y control están dentro de la propia luminaria o a menos de 1 m de ella. Es el más habitual. |
| Fuente central | Las luminarias se alimentan desde un sistema de emergencia común. Sus mandos y protecciones van en un cuadro único, fuera del alcance del público, y cada línea alimenta como máximo 12 puntos de luz. |
Dónde es obligatorio
Todos los locales de pública concurrencia deben tener alumbrado de emergencia. El REBT considera de pública concurrencia estos locales:
| Cuándo | Qué locales |
|---|---|
| Siempre, sea cual sea su ocupación | Espectáculos y actividades recreativas (cines, teatros, discotecas, pabellones…), templos, museos, salas de congresos, casinos, hoteles y hostales, bares, cafeterías y restaurantes, zonas comunes de centros comerciales, aeropuertos y estaciones, aparcamientos cerrados y cubiertos de más de 5 vehículos, hospitales, ambulatorios, asilos y guarderías |
| Con más de 50 personas de ocupación prevista | Bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, comercios, oficinas con presencia de público, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales y clubes sociales y deportivos |
| Con más de 100 personas | Cualquier otro local |
La ocupación se calcula a razón de 1 persona por cada 0,8 m² de superficie útil, sin contar pasillos, vestíbulos y servicios.
Puntos donde debe haber alumbrado de seguridad
- ■ Recintos con más de 100 personas.
- ■ Recorridos de evacuación de zonas residenciales u hospitalarias, y los de cualquier otro uso previstos para más de 100 personas.
- ■ Aseos generales de planta en edificios de acceso público.
- ■ Aparcamientos cerrados y cubiertos de más de 5 vehículos, con sus pasillos y escaleras hacia el exterior.
- ■ Locales con equipos generales de las instalaciones de protección.
- ■ Salidas de emergencia y señales de seguridad reglamentarias.
- ■ Cada cambio de dirección de la ruta de evacuación y cada cruce de pasillos con ella.
- ■ Exterior del edificio, junto a la salida.
- ■ Cerca de escaleras (cada tramo con luz directa), cambios de nivel y puestos de primeros auxilios.
- ■ Cerca de cada equipo manual de protección contra incendios y de los cuadros de alumbrado, con 5 lux al nivel de uso.
«Cerca» significa a menos de 2 metros en horizontal.
Aunque no sea pública concurrencia
- ■ Escaleras de incendios y escaleras de evacuación de edificios de viviendas, salvo unifamiliares: alumbrado de evacuación.
- ■ Zonas clasificadas de riesgo especial: alumbrado de evacuación.
- ■ Locales con contadores concentrados: un equipo autónomo junto a la entrada, de al menos 5 lux y 1 hora de autonomía.
⚠️ En naves, oficinas sin público y otros edificios, la obligación puede venir también de la normativa de edificación o de la de establecimientos industriales. Consulta la que aplica a tu caso en Normativa o en el proyecto de tu establecimiento.
Quién lo instala y lo revisa
| Quién | Qué le corresponde |
|---|---|
| Empresa instaladora | Instala y mantiene conforme al REBT. No necesita habilitación de protección contra incendios para el alumbrado. Debe disponer de luxómetro adecuado para medirlo. |
| Titular | Mantener la instalación en buen estado de funcionamiento. Cualquier modificación la hace una empresa instaladora, nunca el propio titular. |
| Organismo de control (OCA) | En los locales de pública concurrencia, inspecciona la instalación eléctrica antes de ponerla en servicio y después cada 5 años. |
Donde la única instalación de protección es el alumbrado de emergencia, las inspecciones del reglamento de protección contra incendios no son obligatorias, salvo que su normativa específica lo exija.
Consejo práctico de A²J: que una luminaria se encienda no demuestra que cumpla. Lo que exige la norma es que dé su iluminancia durante toda su duración mínima. Comprueba periódicamente que se encienden al cortar la corriente y que aguantan, y sustituye la luminaria o la batería que no llegue.
Errores frecuentes
| Error | Lo correcto |
|---|---|
| ❌ Dar por buena una luminaria porque se enciende. | ✅ Debe mantener la iluminancia prevista durante al menos 1 hora. |
| ❌ Pensar que un bar pequeño no necesita alumbrado de emergencia. | ✅ Bares, cafeterías y restaurantes son de pública concurrencia sea cual sea su ocupación. |
| ❌ Dejar un extintor o una BIE sin luminaria cercana. | ✅ Alumbrado a menos de 2 m de cada equipo manual, con 5 lux. |
| ❌ Añadir o mover luminarias uno mismo. | ✅ Las modificaciones las hace una empresa instaladora. |
| ❌ Confundir la luminaria de emergencia con la señal de salida. | ✅ Son sistemas distintos: la señal indica el camino; el alumbrado lo ilumina. |
Comprueba lo aprendido
¿Cuándo debe encenderse el alumbrado de emergencia?
Automáticamente, cuando falla el alumbrado general o cuando su tensión baja a menos del 70 % de la nominal.
¿Cuánta luz debe dar el alumbrado de evacuación en una ruta de evacuación?
1 lux en el suelo, en el eje de los pasos principales. En los equipos manuales de protección contra incendios y en los cuadros de alumbrado, 5 lux.
¿Cuánto tiempo debe funcionar como mínimo el alumbrado de evacuación?
Una hora, dando la iluminancia prevista.
Un restaurante con 30 plazas, ¿necesita alumbrado de emergencia?
Sí. Los restaurantes son locales de pública concurrencia sea cual sea su ocupación, y todos los locales de pública concurrencia deben tenerlo.
¿Hace falta una empresa habilitada en protección contra incendios para mantenerlo?
No. Basta con cumplir el REBT. El reglamento de protección contra incendios lo remite expresamente a esa norma.
Glosario
- Alumbrado de seguridad
- Alumbrado de emergencia para evacuar una zona o terminar un trabajo peligroso antes de abandonarla. Incluye el de evacuación, el antipánico y el de zonas de alto riesgo.
- Alumbrado de evacuación
- Parte del alumbrado de seguridad que permite reconocer y usar las rutas de evacuación.
- Alumbrado ambiente o antipánico
- Parte del alumbrado de seguridad que evita el pánico y permite ver las rutas de evacuación y los obstáculos.
- Alumbrado de reemplazamiento
- Alumbrado de emergencia que permite continuar la actividad normal.
- Aparato autónomo
- Luminaria de emergencia con batería, lámpara y control dentro de ella o a menos de 1 m.
- Lux
- Unidad de iluminancia: la cantidad de luz que llega a una superficie.
- Local de pública concurrencia
- Local abierto al público definido en el REBT por su actividad y su ocupación, que siempre debe tener alumbrado de emergencia.
- OCA
- Organismo de control autorizado que realiza las inspecciones reglamentarias de la instalación eléctrica.
Para profundizar
Este capítulo explica y resume. No sustituye al proyecto de tu instalación ni a la normativa. Para cualquier trámite, entra en el Centro de ayuda.
Fuentes: Real Decreto 842/2002, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (texto consolidado, BOE) · Real Decreto 513/2017, Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (texto consolidado, BOE).
Contenido elaborado por el equipo técnico de A²J Mantenimientos Integrales, empresa mantenedora e instaladora habilitada en protección contra incendios. Actualizado en septiembre de 2026.
Alumbrado de emergencia
Cuando se va la luz en una emergencia, el alumbrado de emergencia es lo que permite ver la salida y encontrar el extintor. Este capítulo explica qué tipos hay, cuánta luz deben dar, dónde son obligatorios y quién los instala y revisa.
Al terminar este capítulo sabrás:
- ■ Qué diferencia el alumbrado de evacuación, el antipánico y el de zonas de alto riesgo.
- ■ Cuánta luz y durante cuánto tiempo debe dar cada uno.
- ■ Qué locales están obligados y en qué puntos concretos.
- ■ Qué norma lo regula y quién puede instalarlo, mantenerlo e inspeccionarlo.
Para qué sirve
Si falla el alumbrado normal, el alumbrado de emergencia ilumina los locales y sus accesos hasta las salidas, para que las personas puedan evacuar con seguridad, y permite identificar los equipos de protección contra incendios.
Dos normas se reparten el sistema. El reglamento de protección contra incendios lo incluye entre los sistemas de protección activa, pero remite todas sus exigencias técnicas al Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT). Por eso las cifras de este capítulo vienen del REBT.
Tipos de alumbrado de emergencia
El alumbrado de emergencia se divide en alumbrado de seguridad, para evacuar o terminar un trabajo peligroso, y alumbrado de reemplazamiento, para seguir con la actividad normal.
| Tipo | Para qué sirve | Iluminancia mínima | Duración mínima |
|---|---|---|---|
| Evacuación | Reconocer y usar las rutas de evacuación | 1 lux en el suelo, en el eje de los pasos principales. 5 lux en los equipos manuales de protección contra incendios y en los cuadros de alumbrado. Relación máxima/mínima en el eje, menor de 40 | 1 hora |
| Ambiente o antipánico | Evitar el pánico y permitir ver las rutas y los obstáculos | 0,5 lux en todo el espacio, desde el suelo hasta 1 m de altura. Relación máxima/mínima menor de 40 | 1 hora |
| Zonas de alto riesgo | Interrumpir con seguridad un trabajo peligroso | 15 lux o el 10 % de la iluminancia normal, el mayor de los dos. Relación máxima/mínima menor de 10 | El tiempo necesario para abandonar la actividad o la zona |
| Reemplazamiento | Continuar la actividad normal | Si da menos luz que el alumbrado normal, solo sirve para terminar el trabajo con seguridad | — |
En los centros sanitarios hay exigencias propias: en hospitalización, al menos 5 lux durante 2 horas. En quirófanos y salas de intervención, cuidados intensivos, curas, paritorios y urgencias, alumbrado de reemplazamiento con el mismo nivel que el normal durante al menos 2 horas.
Cómo funciona
- Entra solo: se enciende automáticamente cuando falla el alumbrado general o cuando su tensión baja a menos del 70 % de la nominal.
- Sin esperas: la alimentación es automática con corte breve, es decir, disponible en 0,5 segundos como máximo.
- Energía propia: la instalación es fija y tiene su propia fuente de energía. La red exterior solo puede usarse para cargar las baterías.
Aparato autónomo o fuente central
| Sistema | Cómo es |
|---|---|
| Aparato autónomo | Batería, lámpara y control están dentro de la propia luminaria o a menos de 1 m de ella. Es el más habitual. |
| Fuente central | Las luminarias se alimentan desde un sistema de emergencia común. Sus mandos y protecciones van en un cuadro único, fuera del alcance del público, y cada línea alimenta como máximo 12 puntos de luz. |
Dónde es obligatorio
Todos los locales de pública concurrencia deben tener alumbrado de emergencia. El REBT considera de pública concurrencia estos locales:
| Cuándo | Qué locales |
|---|---|
| Siempre, sea cual sea su ocupación | Espectáculos y actividades recreativas (cines, teatros, discotecas, pabellones…), templos, museos, salas de congresos, casinos, hoteles y hostales, bares, cafeterías y restaurantes, zonas comunes de centros comerciales, aeropuertos y estaciones, aparcamientos cerrados y cubiertos de más de 5 vehículos, hospitales, ambulatorios, asilos y guarderías |
| Con más de 50 personas de ocupación prevista | Bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, comercios, oficinas con presencia de público, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales y clubes sociales y deportivos |
| Con más de 100 personas | Cualquier otro local |
La ocupación se calcula a razón de 1 persona por cada 0,8 m² de superficie útil, sin contar pasillos, vestíbulos y servicios.
Puntos donde debe haber alumbrado de seguridad
- ■ Recintos con más de 100 personas.
- ■ Recorridos de evacuación de zonas residenciales u hospitalarias, y los de cualquier otro uso previstos para más de 100 personas.
- ■ Aseos generales de planta en edificios de acceso público.
- ■ Aparcamientos cerrados y cubiertos de más de 5 vehículos, con sus pasillos y escaleras hacia el exterior.
- ■ Locales con equipos generales de las instalaciones de protección.
- ■ Salidas de emergencia y señales de seguridad reglamentarias.
- ■ Cada cambio de dirección de la ruta de evacuación y cada cruce de pasillos con ella.
- ■ Exterior del edificio, junto a la salida.
- ■ Cerca de escaleras (cada tramo con luz directa), cambios de nivel y puestos de primeros auxilios.
- ■ Cerca de cada equipo manual de protección contra incendios y de los cuadros de alumbrado, con 5 lux al nivel de uso.
«Cerca» significa a menos de 2 metros en horizontal.
Aunque no sea pública concurrencia
- ■ Escaleras de incendios y escaleras de evacuación de edificios de viviendas, salvo unifamiliares: alumbrado de evacuación.
- ■ Zonas clasificadas de riesgo especial: alumbrado de evacuación.
- ■ Locales con contadores concentrados: un equipo autónomo junto a la entrada, de al menos 5 lux y 1 hora de autonomía.
⚠️ En naves, oficinas sin público y otros edificios, la obligación puede venir también de la normativa de edificación o de la de establecimientos industriales. Consulta la que aplica a tu caso en Normativa o en el proyecto de tu establecimiento.
Quién lo instala y lo revisa
| Quién | Qué le corresponde |
|---|---|
| Empresa instaladora | Instala y mantiene conforme al REBT. No necesita habilitación de protección contra incendios para el alumbrado. Debe disponer de luxómetro adecuado para medirlo. |
| Titular | Mantener la instalación en buen estado de funcionamiento. Cualquier modificación la hace una empresa instaladora, nunca el propio titular. |
| Organismo de control (OCA) | En los locales de pública concurrencia, inspecciona la instalación eléctrica antes de ponerla en servicio y después cada 5 años. |
Donde la única instalación de protección es el alumbrado de emergencia, las inspecciones del reglamento de protección contra incendios no son obligatorias, salvo que su normativa específica lo exija.
Consejo práctico de A²J: que una luminaria se encienda no demuestra que cumpla. Lo que exige la norma es que dé su iluminancia durante toda su duración mínima. Comprueba periódicamente que se encienden al cortar la corriente y que aguantan, y sustituye la luminaria o la batería que no llegue.
Errores frecuentes
| Error | Lo correcto |
|---|---|
| ❌ Dar por buena una luminaria porque se enciende. | ✅ Debe mantener la iluminancia prevista durante al menos 1 hora. |
| ❌ Pensar que un bar pequeño no necesita alumbrado de emergencia. | ✅ Bares, cafeterías y restaurantes son de pública concurrencia sea cual sea su ocupación. |
| ❌ Dejar un extintor o una BIE sin luminaria cercana. | ✅ Alumbrado a menos de 2 m de cada equipo manual, con 5 lux. |
| ❌ Añadir o mover luminarias uno mismo. | ✅ Las modificaciones las hace una empresa instaladora. |
| ❌ Confundir la luminaria de emergencia con la señal de salida. | ✅ Son sistemas distintos: la señal indica el camino; el alumbrado lo ilumina. |
Comprueba lo aprendido
¿Cuándo debe encenderse el alumbrado de emergencia?
Automáticamente, cuando falla el alumbrado general o cuando su tensión baja a menos del 70 % de la nominal.
¿Cuánta luz debe dar el alumbrado de evacuación en una ruta de evacuación?
1 lux en el suelo, en el eje de los pasos principales. En los equipos manuales de protección contra incendios y en los cuadros de alumbrado, 5 lux.
¿Cuánto tiempo debe funcionar como mínimo el alumbrado de evacuación?
Una hora, dando la iluminancia prevista.
Un restaurante con 30 plazas, ¿necesita alumbrado de emergencia?
Sí. Los restaurantes son locales de pública concurrencia sea cual sea su ocupación, y todos los locales de pública concurrencia deben tenerlo.
¿Hace falta una empresa habilitada en protección contra incendios para mantenerlo?
No. Basta con cumplir el REBT. El reglamento de protección contra incendios lo remite expresamente a esa norma.
Glosario
- Alumbrado de seguridad
- Alumbrado de emergencia para evacuar una zona o terminar un trabajo peligroso antes de abandonarla. Incluye el de evacuación, el antipánico y el de zonas de alto riesgo.
- Alumbrado de evacuación
- Parte del alumbrado de seguridad que permite reconocer y usar las rutas de evacuación.
- Alumbrado ambiente o antipánico
- Parte del alumbrado de seguridad que evita el pánico y permite ver las rutas de evacuación y los obstáculos.
- Alumbrado de reemplazamiento
- Alumbrado de emergencia que permite continuar la actividad normal.
- Aparato autónomo
- Luminaria de emergencia con batería, lámpara y control dentro de ella o a menos de 1 m.
- Lux
- Unidad de iluminancia: la cantidad de luz que llega a una superficie.
- Local de pública concurrencia
- Local abierto al público definido en el REBT por su actividad y su ocupación, que siempre debe tener alumbrado de emergencia.
- OCA
- Organismo de control autorizado que realiza las inspecciones reglamentarias de la instalación eléctrica.
Para profundizar
Este capítulo explica y resume. No sustituye al proyecto de tu instalación ni a la normativa. Para cualquier trámite, entra en el Centro de ayuda.
Fuentes: Real Decreto 842/2002, Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (texto consolidado, BOE) · Real Decreto 513/2017, Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (texto consolidado, BOE).
Contenido elaborado por el equipo técnico de A²J Mantenimientos Integrales, empresa mantenedora e instaladora habilitada en protección contra incendios. Actualizado en septiembre de 2026.