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La importancia de los sistemas de señalización luminiscente en caso de emergencia

15 de marzo de 2026 por
La importancia de los sistemas de señalización luminiscente en caso de emergencia
A2J MANTENIMIENTOS INTEGRALES SL, T5 Antonio Heras Lopez
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¿Qué es la señalización fotoluminiscente?


La señalización fotoluminiscente es un sistema cuya función principal es informar sobre la ubicación de los equipos de protección contra incendios de uso manual y las vías de evacuación, asegurando su visibilidad aun cuando falle el suministro eléctrico del alumbrado normal. Este tipo de señales debe permitir la identificación de equipos críticos y rutas de escape desde cualquier ángulo de visión para facilitar una respuesta rápida.



¿Qué señales deben ser fotoluminiscentes?

Según la normativa vigente de protección contra incendios, la señalización fotoluminiscente tiene la función principal de informar sobre la ubicación de los equipos de protección manual y las vías de evacuación incluso ante un fallo del suministro eléctrico. Deben ser fotoluminiscentes las señales que identifiquen los siguientes elementos:

1. Medios de Protección Contra Incendios de Uso Manual

 Todos los equipos e instalaciones destinados a ser operados manualmente deben estar señalizados para que sean localizables en la oscuridad:

  • Extintores portátiles y móviles.
  • Bocas de Incendio Equipadas (BIE).
  • Pulsadores manuales de alarma y de emergencia.
  • Hidrantes exteriores.
  • Dispositivos de disparo y paro de sistemas de extinción fija.
  • Tomas y bocas de columna seca.
  • Mantas ignífugas.
  • Teléfonos de emergencia contra incendios.

2. Medios de Evacuación

Para garantizar una salida segura del edificio en caso de emergencia, deben ser visibles las señales relativas a:

  • Salidas de recinto, planta o edificio.
  • Salidas de emergencia.
  • Direcciones de los itinerarios de evacuación (flechas indicativas).
  • Zonas de refugio para personas con discapacidad.
  • Planos de evacuación («Usted está aquí») que representen la situación de los medios manuales.

Requisitos y Categorías Obligatorias

  • Visibilidad: Estas señales deben situarse cerca de las vías de escape y puntos de riesgo, siendo visibles desde cualquier ángulo.
  • Normativa: Deben cumplir con las características de composición y emisión luminosa de la norma UNE 23035-4.
  • Categoría A: Es obligatorio el uso de señales de Categoría A (mayor potencia lumínica) en aquellos centros o establecimientos que desarrollen actividades sujetas a la Norma Básica de Autoprotección.
  • Identificación: Cada señal debe llevar impreso de forma visible su número de lote de fabricación para garantizar su trazabilidad y cumplimiento normativo.

Finalmente, las fuentes aclaran que, aunque la fotoluminiscencia es el sistema más común por no depender de energía externa, las señales también pueden ser sistemas alimentados eléctricamente (LED, fluorescencia), siempre que dispongan de fuente propia de energía y evaluación técnica favorable 



¿Cuáles son los 4 tipos de señalización?

De acuerdo con las fuentes proporcionadas, la señalización se puede clasificar de cuatro formas principales atendiendo a los sistemas y tecnologías utilizados para su visibilidad o a sus formatos de presentación física:

1. Clasificación por Tecnología y Sistema

El Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI) establece que los sistemas de señalización luminiscente pueden ser de cuatro tipos según su fuente de energía y tecnología de emisión:

  • Sistemas fotoluminiscentes: No dependen de alimentación eléctrica; absorben luz para emitirla en la oscuridad.
  • Fluorescencia: Sistema alimentado eléctricamente.
  • Diodos de emisión de luz (LED): Sistema alimentado eléctricamente con tecnología LED.
  • Electroluminiscencia: Otro sistema alimentado eléctricamente utilizado para señales luminosas.

2. Clasificación por Formato de Presentación

El catálogo técnico de señalización clasifica las señales en cuatro grandes grupos según su diseño físico y forma de instalación para garantizar su visibilidad:

  • Serigrafía: Señales planas estándar aplicadas directamente sobre el soporte.
  • Banderolas Panorámicas: Diseñadas para ser vistas desde múltiples ángulos (usualmente 180º o más) en pasillos o áreas abiertas.
  • Banderolas de Pared: Instaladas perpendicularmente a la pared o sobre su superficie para identificar equipos o salidas.
  • Metacrilato: Señales fabricadas en paneles de metacrilato (comúnmente de 4 mm) para mayor durabilidad o estética.

Función y Categorías Generales

Independientemente del tipo técnico, las fuentes distinguen dos grandes bloques de señalización según su función:

  • Señalización de Evacuación: Informa sobre salidas, salidas de emergencia, direcciones de recorrido, zonas de refugio y planos «Usted está aquí».
  • Señalización de Extinción: Identifica la ubicación de equipos manuales como extintores, bocas de incendio (BIE), hidrantes, pulsadores de alarma y mantas ignífugas.

Finalmente, las señales deben ser visibles incluso en caso de fallo del suministro eléctrico y aquellas de carácter fotoluminiscente deben cumplir con la norma UNE 23035-4.


¿Cuándo caducan exactamente las señales?

Según el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI), la caducidad o vida útil de las señales fotoluminiscentes se rige por los siguientes criterios:

  • Periodo establecido por el fabricante: La vida útil será, en primer lugar, la que determine el propio fabricante del equipo.
  • Periodo por defecto: En el caso de que el fabricante no haya especificado una fecha de caducidad o vida útil, esta se considerará de 10 años.
  • Cómputo del tiempo: Este plazo se empieza a contar exactamente a partir de la fecha de fabricación de la señal.

Sustitución y Prórrogas

Una vez que se ha cumplido la vida útil (ya sean los 10 años o lo indicado por el fabricante), la normativa exige lo siguiente:

  1. Sustitución obligatoria: Las señales deben ser sustituidas por personal especializado.
  2. Excepción por rendimiento: No será necesario cambiarlas si se justifica, mediante una medición técnica sobre una muestra representativa (conforme a la norma UNE 23035-2), que la señal mantiene todavía un rendimiento luminoso no inferior al 80% de lo exigido por la norma de fabricación.
  3. Revisiones de prórroga: Si se decide no sustituirlas basándose en su buen estado luminoso, estas mediciones de comprobación deben repetirse cada 5 años para garantizar que siguen siendo operativas.

Además, para facilitar este control, cada señal debe incorporar de forma visible su número de lote de fabricación. El mantenimiento anual también requiere una comprobación visual para asegurar que las señales siguen siendo legibles y que su iluminación en la oscuridad es correcta

¿Es obligatorio poner señales Clase A en mi negocio?

La obligatoriedad de instalar señales de Categoría A en su negocio depende directamente del tipo de actividad que se desarrolle en él.

Según el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI), el uso de sistemas de señalización fotoluminiscente de Categoría A es obligatorio en los centros donde se desarrollen las actividades descritas en el anexo I de la Norma Básica de Autoprotección (Real Decreto 393/2007). Estas actividades generalmente incluyen establecimientos con gran afluencia de público, edificios de gran altura o aquellos que albergan actividades de riesgo específico que requieren un Plan de Autoprotección.

Si su negocio no está incluido en dicho catálogo de actividades, podrá utilizar señales de Categoría B, pero en cualquier caso deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Normativa técnica: Deben ser conformes a la norma UNE 23035-4 en cuanto a sus características, composición y propiedades de emisión lumínica.
  • Identificación visible: Cada señal debe incorporar de forma visible su número de lote de fabricación, lo cual permite verificar su trazabilidad y cumplimiento normativo una vez instalada.
  • Función principal: El sistema debe garantizar que se informe sobre la ubicación de los equipos de protección manual (como extintores o BIEs) y las rutas de evacuación, incluso si se produce un fallo en el suministro eléctrico del alumbrado normal.
  • Mantenimiento: Las señales tienen una vida útil de 10 años (a menos que el fabricante indique otra cosa), tras los cuales deben sustituirse o someterse a pruebas técnicas que justifiquen su eficacia lumínica

¿Cómo pasar la inspección de luminiscencia?

Para pasar con éxito la inspección de los sistemas de señalización fotoluminiscente de acuerdo con el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI), debe asegurarse de que sus señales cumplan con los siguientes requisitos técnicos, de mantenimiento y de rendimiento:

1. Verificación de la Vida Útil y el Lote de Fabricación

  • Fecha de caducidad: La vida útil de estas señales es la que establezca el fabricante o, en su defecto, de 10 años desde su fecha de fabricación.
  • Identificación obligatoria: Cada señal debe tener impreso de forma visible su número de lote de fabricación. Durante la inspección, si la señal no tiene este dato o ha superado los 10 años, será motivo de deficiencia, a menos que presente una medición técnica favorable.

2. Mantenimiento Anual y Estado Físico

Debe realizar (y documentar en un acta) una revisión anual que incluya:

  • Comprobación visual: Verificar que todas las señales existan, estén en la ubicación correcta y en buen estado de limpieza y legibilidad.
  • Elementos de sujeción: Comprobar que los anclajes, adhesivos o tornillería estén firmes y no haya riesgo de desprendimiento.
  • Iluminación en la oscuridad: Se debe verificar visualmente que la señal sigue emitiendo luz tras apagar el alumbrado normal.

3. Categoría de la Señal (A o B)

La inspección verificará si la categoría instalada es la adecuada para su actividad:

  • Categoría A: Es obligatoria en centros donde se desarrollen actividades sujetas a la Norma Básica de Autoprotección (gran afluencia de público, hospitales, edificios de gran altura, etc.). Estas señales tienen una mayor potencia lumínica.
  • Categoría B: Se permite en el resto de establecimientos, siempre que cumplan con la norma UNE 23035-4.

4. Prueba de Rendimiento Lumínico (Prórroga)

Si sus señales tienen más de 10 años y no desea sustituirlas, debe realizar una medición técnica según la norma UNE 23035-2:

  • Rendimiento del 80%: La medición sobre una muestra representativa debe demostrar que la señal mantiene al menos el 80% de la potencia lumínica exigida por la norma de fabricación.
  • Periodicidad de la prueba: Si pasa esta prueba, la medición debe repetirse cada 5 años para seguir prorrogando su validez.

5. Documentación Justificativa

Para que la inspección sea favorable, debe tener a disposición de los servicios de industria:

  • Informes de ensayo: Un documento emitido por un laboratorio acreditado que justifique que las señales instaladas cumplen con la norma UNE 23035-4.
  • Actas de mantenimiento: Registros de las revisiones anuales firmados por la empresa mantenedora o el personal del titular.
  • Planos de evacuación: Si existen planos «Usted está aquí», deben ser conformes a la norma UNE 23032 y representar los equipos mediante los pictogramas normalizados.

Finalmente, recuerde que las señales deben ser visibles desde cualquier ángulo y situarse inmediatamente junto a los equipos (extintores, BIEs) o en los itinerarios de evacuación, garantizando su visibilidad incluso tras un fallo total del suministro eléctrico

Señalización fotoluminiscente en comunidades de vecinos

La señalización fotoluminiscente en comunidades de vecinos (técnicamente denominadas edificios de uso Residencial Vivienda) tiene como objetivo principal garantizar que tanto los equipos de protección contra incendios como los recorridos de evacuación sean visibles incluso ante un fallo total del suministro eléctrico.

A continuación se detallan los requisitos específicos para este tipo de inmuebles según la normativa:

1. Elementos que deben estar señalizados

En las zonas comunes de una comunidad de vecinos, es obligatorio señalizar los siguientes medios:

  • Equipos de protección manual: Identificación de la ubicación de extintores, pulsadores de alarma y, si existen, Bocas de Incendio Equipadas (BIE) y tomas de columna seca.
  • Vías de evacuación: Señales indicativas de dirección (flechas) y salidas de emergencia cuando el camino no sea evidente.
  • Planos de evacuación: Si la comunidad dispone de planos tipo «Usted está aquí», estos deben incluir los medios manuales de protección.

2. Excepciones específicas para uso Residencial Vivienda

A diferencia de locales comerciales o industriales, las comunidades de vecinos cuentan con algunas particularidades en la señalización de evacuación:

  • Rótulo "SALIDA": Las salidas del edificio, de planta o de recinto no requieren obligatoriamente la señal de "SALIDA" en edificios de viviendas, a diferencia de otros usos.
  • Señales de dirección: Solo son estrictamente necesarias cuando desde un origen de evacuación no se perciban directamente las salidas o sus señales indicativas.
  • Categoría de las señales: Generalmente se emplean señales de Categoría B, ya que la Categoría A (de mayor potencia) se reserva principalmente para centros con actividades de autoprotección específica (grandes superficies, hospitales, etc.).

3. Requisitos Técnicos y de Instalación

  • Normativa: Los sistemas fotoluminiscentes deben cumplir con la norma UNE 23035-4 y los pictogramas deben ser conformes a la UNE 23033-1.
  • Visibilidad e Identificación: Las señales deben situarse junto a los equipos (no sobre ellos si están en armarios) y ser visibles desde cualquier ángulo. Además, cada señal instalada debe mostrar de forma legible su número de lote de fabricación.

4. Mantenimiento y Vida Útil

La comunidad de propietarios es responsable de asegurar que la señalización mantenga su eficacia a lo largo del tiempo:

  • Revisión Anual: Se debe realizar una comprobación visual anual para verificar la presencia de las señales, su correcta ubicación, limpieza y capacidad de iluminación en la oscuridad.
  • Caducidad a los 10 años: La vida útil de las señales es la indicada por el fabricante o, por defecto, de 10 años desde su fecha de fabricación.
  • Sustitución o Prórroga: Una vez superado ese plazo, deben sustituirse por personal especializado, a menos que una medición técnica certifique que mantienen al menos el 80% de su rendimiento lumínico original (en cuyo caso se puede prorrogar su uso por 5 años más).
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